Artículo del blog
Cuánto Tiempo Permanece un Adeudo en el Buró de Crédito y Cuándo se Elimina
Plazos reales de permanencia en Buró de Crédito según el monto en UDIS, cuándo empieza a contar el tiempo y qué hacer si un adeudo ya venció y sigue apareciendo.
Cuánto Tiempo Permanece un Adeudo en el Buró de Crédito y Cuándo se Elimina

Respuesta directa: la información de un crédito con adeudo se elimina de la base de datos de Buró de Crédito en plazos que dependen del monto del adeudo medido en UDIS, conforme a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y a las reglas del Banco de México. A grandes rasgos: adeudos muy pequeños (25 UDIS o menos, más de unos $200 MXN) se eliminan después de un año; hasta 500 UDIS (alrededor de $4,100 MXN), después de dos años; hasta 1,000 UDIS (alrededor de $8,200 MXN), después de cuatro años; y los mayores a 1,000 UDIS, al cumplir seis años, siempre que sean menores a 400,000 UDIS, no estén en proceso judicial y no exista fraude. El conteo inicia desde la primera vez que el otorgante reportó el atraso o desde la última actualización que envió sobre ese crédito.
Aquí está el detalle de cómo se cuenta el plazo, por qué a veces "no se borra" y qué puedes reclamar cuando un adeudo ya cumplió su tiempo y sigue en el reporte.
Los plazos de permanencia, en claro
┌──────────────────────────────┬──────────────────────────────┐
│ MONTO DEL ADEUDO (en UDIS) │ SE ELIMINA DESPUÉS DE │
├──────────────────────────────┼──────────────────────────────┤
│ 25 UDIS o menos │ 1 año │
│ (más de ~$200 MXN) │ │
├──────────────────────────────┼──────────────────────────────┤
│ Hasta 500 UDIS │ 2 años │
│ (~$4,100 MXN) │ │
├──────────────────────────────┼──────────────────────────────┤
│ Hasta 1,000 UDIS │ 4 años │
│ (~$8,200 MXN) │ │
├──────────────────────────────┼──────────────────────────────┤
│ Más de 1,000 UDIS │ 6 años, si además: │
│ │ • es menor a 400,000 UDIS │
│ │ • no está en proceso judicial│
│ │ • no hubo fraude │
└──────────────────────────────┴──────────────────────────────┘
Los importes en pesos son referenciales: la UDIS es una unidad que
cambia de valor, así que el equivalente exacto varía con el tiempo.
Consulta el valor vigente y las condiciones en el sitio oficial de
Buró de Crédito.Dos precisiones que cambian todo
- El plazo se cuenta desde el reporte del atraso o desde la última actualización enviada por el otorgante, no desde la fecha en que abriste el crédito ni desde la fecha en que dejaste de pagar en tu memoria. Si el otorgante siguió actualizando el registro, el punto de partida se mueve.
- Los adeudos muy grandes o con proceso judicial o fraude no entran en la regla de los seis años. Si el crédito supera 400,000 UDIS, está judicializado o hay fraude acreditado, no aplica la eliminación automática por antigüedad.
Lo que la eliminación por plazo NO significa
Aquí es donde se venden más falsas promesas. Tres aclaraciones honestas:
- No existe un trámite legal para "borrar" una deuda real antes de su plazo. Cualquier despacho que te cobre por eliminar un adeudo legítimo y vigente está ofreciendo algo que la ley no permite. La CONDUSEF advierte expresamente sobre este tipo de ofertas.
- Que un registro se elimine no extingue la deuda. El acreedor puede seguir cobrando por las vías que le correspondan; lo que desaparece es el registro en la base de datos de la sociedad de información crediticia.
- No necesitas esperar el plazo para mejorar tu historial. Si te pones al corriente, el comportamiento nuevo se refleja en tu reporte y eso es lo que evalúan los otorgantes junto con el resto de tus cuentas.
Cuándo sí es reclamable un adeudo antiguo
Hay un caso claro y frecuente: el adeudo ya cumplió su plazo de permanencia y sigue apareciendo en el reporte. Eso es un dato incorrecto y es reclamable.
También son reclamables situaciones relacionadas con la antigüedad:
| Situación | ¿Reclamable? | Qué se disputa |
|---|---|---|
| Adeudo que ya cumplió su plazo y sigue visible | Sí | Permanencia indebida del registro |
| Fecha de primer atraso reportada más reciente de lo real | Sí | La fecha que corre el plazo |
| Misma deuda duplicada tras venderse a un despacho | Sí | Duplicidad del registro |
| Registro "reactivado" con nueva fecha sin hechos nuevos | Sí | Actualización indebida |
| Deuda real, vigente y dentro de plazo | No | Nada: es un registro legítimo |
Para presentar cualquiera de las primeras cuatro necesitas identificar en el reporte la fecha de apertura, la fecha de primer atraso y la fecha de última actualización de esa cuenta, más el monto reportado. Con eso se calcula si el plazo ya venció. Cómo leer esos campos está en Reporte de Crédito Especial gratis: cómo obtenerlo y qué revisar.
Antes de presentar el trámite, evalúa si el caso realmente se sostiene: Cómo saber si tu reclamación al Buró tiene fundamento.
Cómo reclamar un adeudo que ya venció su plazo
1. Localiza el registro en tu RCE reciente (< 90 días naturales)
2. Anota: otorgante, número de crédito, monto reportado,
fecha de primer atraso y fecha de última actualización
3. Calcula el plazo aplicable según el monto en UDIS
4. Presenta la reclamación ante la SIC que reporta el dato
(gratis hasta 2 veces al año; ~$89 MXN desde la tercera)
5. El registro se marca como impugnado mientras se resuelve
6. Recibe el dictamen dentro del plazo legal de respuestaEl procedimiento completo con requisitos está en Cómo Reclamar en Buró de Crédito Paso a Paso y los tiempos oficiales en Ley de Sociedades de Información Crediticia y los 29 Días Hábiles. Los documentos que necesitas: Requisitos y Documentos Legales para Reclamar.
Si tu caso es distinto —ya pagaste y el saldo sigue vigente— el artículo que te toca es Pagué mi deuda y sigue apareciendo en el Buró. Y si el registro apareció por un crédito que nunca contrataste, aplica lo de Créditos que no reconozco: posible robo de identidad, donde la antigüedad no protege porque el fraude excluye la eliminación automática.
Cada sociedad se reclama por separado
Buró de Crédito y Círculo de Crédito son entidades distintas y cada una gestiona su propia base. Si el adeudo antiguo aparece en las dos, la reclamación se presenta en cada una. Las diferencias prácticas están en Buró de Crédito vs. Círculo de Crédito: dónde y cómo reclamar.
El papel de BuroFx en estos casos
Sin rodeos: el trámite lo puedes hacer tú, es gratuito hasta dos veces al año y no podemos prometerte que un registro se elimine. Lo que hacemos es el análisis previo, que en este tipo de reclamación es literalmente el trabajo: revisar cada cuenta de tu reporte, leer las fechas que determinan el plazo, identificar qué registros ya deberían haberse eliminado y cuáles siguen legítimamente, y redactar el motivo del reclamo señalando el dato exacto y el fundamento. También verificamos que tu identificación y evidencia sean legibles y llevamos la cuenta del plazo de respuesta.
Analizar tu reporte no consume crédito. Los paquetes de reclamo son de $149, $499 y $999 MXN (desglose aquí) y tienen sentido sobre todo cuando hay varios registros que disputar. Cómo se ve el flujo: Generador de Reclamos Guiados. Y si dudas entre hacerlo solo o con apoyo: BuroFx vs. Trámite Directo.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto tiempo tarda en borrarse un adeudo del Buró de Crédito?
Depende del monto del adeudo medido en UDIS: los de 25 UDIS o menos se eliminan después de un año; hasta 500 UDIS, después de dos años; hasta 1,000 UDIS, después de cuatro años; y los mayores a 1,000 UDIS, al cumplir seis años, siempre que sean menores a 400,000 UDIS, no estén en proceso judicial y no exista fraude.
¿Desde cuándo empieza a contar el plazo?
Desde la primera vez que el otorgante reportó el crédito con atraso o desde la última vez que envió información actualizada sobre ese crédito, no desde la fecha en que lo contrataste.
¿Existe alguna forma de borrar mi historial antes del plazo?
No para deudas reales, vigentes y dentro de su plazo legal. Lo que sí puedes hacer es reclamar información incorrecta o registros que ya cumplieron su tiempo de permanencia. Desconfía de cualquier oferta pagada que prometa eliminar un adeudo legítimo.
Si el registro se elimina, ¿ya no debo el dinero?
No. La eliminación afecta el registro en la base de datos de la sociedad de información crediticia, pero no extingue la obligación frente al acreedor, que puede seguir gestionando el cobro por las vías que le correspondan.
El adeudo ya cumplió su plazo y sigue apareciendo, ¿qué hago?
Es un dato incorrecto y puedes reclamarlo. Obtén un Reporte de Crédito Especial reciente, identifica el registro con sus fechas y montos, y presenta la reclamación ante la sociedad que lo reporta. La primera y la segunda reclamación del año son gratuitas.
¿Un crédito liquidado también desaparece?
Un crédito pagado permanece en el historial reflejando que quedó liquidado, y eso te conviene: es comportamiento positivo. Lo que se elimina con el paso del tiempo, conforme a los plazos legales, es la información de los adeudos.
Conclusión
Los plazos de permanencia no son un rumor: están definidos por ley y por las reglas del Banco de México, y dependen del monto del adeudo en UDIS y del momento en que el otorgante reportó. Antes de esperar sentado o de pagar por una "limpieza" que nadie puede hacer legalmente, revisa las fechas exactas de cada cuenta en tu reporte: puede que un registro ya debiera haberse eliminado, y eso sí es reclamable.
Sube tu Reporte de Crédito Especial a BuroFx para revisar las fechas y montos de cada cuenta y detectar registros que ya cumplieron su plazo. Crea tu cuenta y analiza tu reporte sin costo.